Ciencias sociales y filosofía / LA UNIÓN MARITAL DE HECHO Y LA SOCIEDAD PATRIMONIAL

LA UNIÓN MARITAL DE HECHO Y LA SOCIEDAD PATRIMONIAL

LA UNIÓN MARITAL DE HECHO Y LA SOCIEDAD PATRIMONIAL

ENTRE LA NORMA Y EL PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL

CAMACHO GODOY, EDGAR / PISSO CÓRDOBA, JOSÉ REINALDO

$ 70.000
IVA incluido
Editorial:
Universidad del Cauca
Año de edición:
2026
Materia
Ciencias sociales y filosofía
ISBN:
978-958-732-863-9
Páginas:
162

Disponibilidad:

  • Sede TeusaquilloEn stock
  • Sede TabioNo disponible
  • Sede MacarenaUltimo titulo
$ 70.000
IVA incluido
Añadir a favoritos

Gracias por tener este texto en sus manos, esperamos que estas cortas palabras acaben de llamar su atención. Inicialmente, utilizamos la denominación 'hablar' sobre la unión marital, entendiendo esto como la informalidad con que podríamos abordar el tema en nuestra cotidianidad de la práctica docente.rnPensamos más en un diálogo fluido, en el cual expresamos desde los antecedentes históricos hasta la evolución actual de la unión marital de hecho y la sociedad patrimonial. Iniciando de esa manera, nos pusimos la tarea de mostrar cómo, a trávés de la constitucionalización de derecho y el precedente jurisprudencial, se empieza a dar sentido con contenido y actualización permanente a dicha institución. Ese desarrollo ha permitido avances frente a sectores de la sociedad que han sido históricamente discriminados en las formas de constituir familia, que antes no tenían ningún derecho, como las diversas orientaciones sexuales que no eran reconocidas en el derecho para este fin, los derechos herenciales, de alimentos, de adopción, entre otros. Todos estos avances solo son posibles hoy en día gracias al desarrollo jurisprudencial. Quienes defienden una visión tradicional del derecho se inclinarán a controvertir y decir que así no se crea, pero quienes participamos más de una nueva visión de esta disciplina, fundamentada en principios y desarrollos jurisprudenciales, pensamos que gracias a esos pronunciamientos logramos atemperar la norma a la realidad de la sociedad. Esto hace mucho más cercano la consagración de los derechos con las realidades sociales.