GARGARELLA, ROBERTO
En las sociedades democráticas, es muy común que un tribunal revise los contenidos de una ley para determinar si es válida o no a la luz de la Constitución -Por qué son los jueces, y no los legisladores, quienes quedan a cargo de la tarea de interpretación constitucional? -Es aceptable que los jueces asuman el derecho a pronunciar la -última palabra- respecto de cómo resolver los problemas constitucionales? La justicia dialógica retoma estas preguntas para proponer que los asuntos constitucionales se resuelvan a través de una conversación extendida y persistente en el tiempo, que debe involucrar a las distintas ramas del poder tanto como a la propia ciudadanía.